El TS avala la tasa de vados de Madrid, salvo el 4% aplicable al valor del metro cuadrado del suelo 19 de diciembre de 2016 Jurisprudencia TASAS MUNICIPALES La sentencia da respuesta al recurso que presentó en febrero de 2013 una comunidad de vecinos que impugnó la forma en que el Ayuntamiento de Madrid había fijado el criterio para cobrar la tasa municipal por paso de vehículos en su Ordenanza Fiscal.
En los préstamos hipotecarios que prevean unos intereses de demora superiores al triple del interés legal del dinero, el juez está obligado a recalcularlos, para que no superen ese límite 21 de enero de 2015 Noticias Cláusulas abusivas El TJUE ha declarado compatible con el Derecho de la Unión la legislación española que, en materia de ejecución hipotecaria --arts. 552, apartado 1; 561, punto 3.º y 695 de la LEC; 114 de la Ley Hipotecaria y disposición transitoria segunda de la Ley 1/2013--, prescribe que el juez está obligado a recalcular los intereses de demora superiores a tres veces el interés legal del dinero.
Se declaran abusivos los intereses de demora del 29% establecidos en una hipoteca 07 de octubre de 2013 Jurisprudencia Intereses abusivos en préstamo hipotecario Para fijar el comienzo de lo abusivo, el juez se remite a la Ley 1/2013, que fija el límite de la licitud en tres veces el interés legal del dinero.
La Audiencia de Tarragona confirma que un juzgado puede anular de oficio, por abusiva, una cláusula de un préstamo bancario firmado por un consumidor 05 de septiembre de 2012 Jurisprudencia Anulación de cláusula de un préstamo bancario La Audiencia Provincial de Tarragona ha confirmado una sentencia dictada por un Juzgado de 1ª Instancia de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula, por abusiva, de un préstamo firmado entre un particular y una entidad financiera. El consumidor deberá abonar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda, y no el 20% de mora fijado en el contrato.
Se declaran abusivos los intereses de demora del 29% establecidos en una hipoteca 07 de octubre de 2013 Jurisprudencia Intereses abusivos en préstamo hipotecario Para fijar el comienzo de lo abusivo, el juez se remite a la Ley 1/2013, que fija el límite de la licitud en tres veces el interés legal del dinero.
La Audiencia de Tarragona confirma que un juzgado puede anular de oficio, por abusiva, una cláusula de un préstamo bancario firmado por un consumidor 05 de septiembre de 2012 Jurisprudencia Anulación de cláusula de un préstamo bancario La Audiencia Provincial de Tarragona ha confirmado una sentencia dictada por un Juzgado de 1ª Instancia de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula, por abusiva, de un préstamo firmado entre un particular y una entidad financiera. El consumidor deberá abonar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda, y no el 20% de mora fijado en el contrato.
Se declaran abusivos los intereses de demora del 29% establecidos en una hipoteca 07 de octubre de 2013 Jurisprudencia Intereses abusivos en préstamo hipotecario Para fijar el comienzo de lo abusivo, el juez se remite a la Ley 1/2013, que fija el límite de la licitud en tres veces el interés legal del dinero.
La Audiencia de Tarragona confirma que un juzgado puede anular de oficio, por abusiva, una cláusula de un préstamo bancario firmado por un consumidor 05 de septiembre de 2012 Jurisprudencia Anulación de cláusula de un préstamo bancario La Audiencia Provincial de Tarragona ha confirmado una sentencia dictada por un Juzgado de 1ª Instancia de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula, por abusiva, de un préstamo firmado entre un particular y una entidad financiera. El consumidor deberá abonar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda, y no el 20% de mora fijado en el contrato.
Fijación de criterios sobre cláusulas hipotecarias abusivas por los jueces de Castellón 22 de abril de 2013 Noticias Hipotecas Considerarán "abusivas" las cláusulas de los contratos de préstamo o créditos garantizados con hipoteca suscritos por consumidores que establezcan un interés moratorio que exceda del triple del interés legal del dinero al tiempo de celebración del contrato.